El que tiene lugar como consecuencia de la investidura policial, que obliga al funcionario a intervenir frente a la infracción policial o penal, cualquiera sea la circunstancia en que se encuentre, esté o no en servicio.
El personal uniformado de la Policía Nacional, por mandato legal, cualquiera sea su especialidad y circunstancia en que se halle, tiene la obligación de intervenir frente a los casos de policía, de acuerdo con la Constitución Nacional y demás normas legales, (ver acto fuera del servicio).
miércoles, 26 de noviembre de 2008
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