miércoles, 26 de noviembre de 2008

DECRETO REGLAMENTARIO

Es el acto jurídico de naturaleza impersonal, objetiva, abstracta y general que expide el Presidente de la República en ejercicio de la potestad reglamentaria que le otorga el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución, que también se extiende a la expedición de resoluciones y órdenes necesarios para facilitar la cumplida ejecución de las leyes. Su alcance debe estar dentro de los límites de la ley sustantiva que el mismo reglamenta, es decir, que no puede ir más allá de lo que la ley ordena, permita o prohíba. Su materia debe estar supeditada al contenido de la ley, en la amplitud y según la necesidad que corresponda al ámbito o marco señalado por ella.

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