jueves, 27 de noviembre de 2008

DECRETO 1355 DE 1970

CAPITULO IX.
DE LA ASISTENCIA MILITAR
ARTICULO 86. Cuando la policía no fuere suficiente para contener grave desorden, procede la solicitud de asistencia a las Fuerzas Militares.

- Artículo modificado por el artículo 112 del Decreto 522 de 1971, publicado en el Diario Oficial No. 33.300, de 29 de abril de 1971.

Texto original del Decreto 1355 de 1970:
ARTÍCULO 86. Cuando la policía no fuere suficiente para contener grave desorden, procede la solicitud de asistencia a los cuerpos militares.

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